Relación de Puestos de Trabajo – RPT
Relación de Puestos de Trabajo

 

Relación  de Puestos de Trabajo

La Relación de Puestos de Trabajo se define, doctrinal y legalmente, como el instrumento técnico organizativo de la actividad profesional y gestión del personal al servicio de la Administración Pública. Este, de acuerdo con las necesidades del servicio público, establece la estructura interna; clasifica el personal y ordena los puestos de trabajo.

Así, con la publicación de la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública y de los Reales Decretos 861/ 86 de 25 de abril y 158/96, de 2 de febrero, quedó establecido un sistema de retribuciones para los funcionarios de ayuntamientos, y administración local en general. Su objetivo principal es establecer las bases para una buena administración de las retribuciones.

Más concretamente, el art. 90.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local establece que las Corporaciones Locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización. Esto se ha de llevar a cabo en los términos previstos en la legislación básica de función pública.

Igualmente, el artículo 93.2 establece que las retribuciones complementarias se atendrán a una estructura y criterios de valoración objetiva.

 

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 Valoración de Puestos de Trabajo

Por lo tanto, la aplicación en los ayuntamientos de conceptos retributivos como el complemento específico al puesto de trabajo, requiere de una labor de valoración que permita la apreciación rigurosa de las características de cada puesto de trabajo

De igual forma a la que se realiza en el ámbito de la Administración Civil del Estado, y resto de Administraciones públicas. Esto supone la necesidad de proceder a un análisis y valoración de los puestos de trabajo. Y, en su caso, realizar una auditoría de la organización.

Elaboración de la Relación de Puestos de Trabajo

Sobre la base de lo anterior, la metodología que aplicamos en la elaboración de las relaciones de puestos de trabajo, se concreta en las siguientes fases:

 

  • En primer lugar, identificar y describir los puestos de trabajo.
  • Formular, o resideñar, el organigrama jerárquico-funcional.
  • Elaborar el Manual de Funciones de los Puestos de Trabajo.
  • Confeccionar el Manual de Valoración de Puestos.
  • Racionalización de situaciones anómalas.
  • Valorar los puestos de trabajo.
  • Finalmente, elaborar el documento de Relación de Puestos de Trabajo. 

Para conocer mejor nuestra metodología, consulte el este artículo. 

Desarrollamos el proceso completo de elaboración de la relación de puestos de trabajo. Desde la descripción de puestos hasta la redacción del documento final  de Relación de Puestos de Trabajo.

A su vez, diseñamos el Organigrama del ayuntamiento o institución. Así mismo,  elaboramos el Manual de Funciones y el Manual de Valoración, realizando el análisis de la estructura salarial.